NORMAS DE USO



Según el Artículo 36, del Decreto 255/1994, de 7 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, que regula las condiciones higiénico-sanitarias y de seguridad en las piscinas de uso colectivo y de los parques acuáticos, establece en su reglamento las siguientes normas:

1. Será obligatorio el uso de las duchas antes de cada inmersión.
2. Queda prohibida la entrada de animales al recinto de la piscina.
3. Será obligatorio el uso de gorro de baño en las piscinas cubiertas.

El resto de normas de régimen interno aprobadas por el Ayuntamiento son las siguientes:

1. Sólo se accederá al recinto de la piscina con chanclas o calzado de baño, queda totalmente prohibido su acceso con calzado de calle (Excepto personal autorizado).
2. Prohibido comer en la piscina.
3. Prohibido acceder con objetos de vidrio y de cristal.
4. Prohibido acceder con colchonetas o pelotas.
5. Queda totalmente prohibido realizar saltos o piruetas que pongan en peligro a otros bañistas.
6. Los menores de 6 años deberán ir acompañados por adultos y llevar manguitos o flotador si no saben nadar y siempre estarán bajo su vigilancia.
7. Los usuarios de las instalaciones deberán seguir las instrucciones de los monitores y/o socorristas.


PISCINA MUNICIPAL CUBIERTA DE POBLE NOU DE BENITATXELL.